Competencia lingüística

Competencia lingüística

El inglés, una de las asignaturas pendientes de los españoles, ha llegado en serio a la aviación. Ahora, tras unos años de moratoria ya está fijada la fecha límite para demostrar el requisito de competencia lingüística: el 5 de marzo del 2011.

El requisito de competencia lingüística es aplicable a los pilotos de aviones, helicópteros y aeronaves de despegue vertical que tengan que usar radiotelefonía a bordo de una aeronave (además de los controladores). Pero, ¿en qué idioma tiene que demostrar esta competencia?. Como dice la OACI (en su Anexo 10) los idiomas empleados en las comunicaciones radiotelefónicas pueden ser el idioma normalmente empleado por la estación terrestre o el inglés.

Esto significa que todos los pilotos para volar en España tienen que tener la competencia lingüística en castellano o en inglés. Y los pilotos españoles que salgan del territorio nacional deben tener la competencia lingüística en inglés. Además, en esta normativa no se hace ninguna distinción respecto a que los vuelos sean privados o comerciales, en VFR o en IFR… se refiere a todo tipo de vuelos.

Esta normativa internacional de OACI entró en vigor el 27 de noviembre del 2003, aunque se difería la fecha de aplicación hasta el 5 de marzo del 2008. Sin embargo, y dada la dificultad para su aplicación en algunos países se aprobó una dispensa por tres años, la cual termina el 5 de marzo del 2011.

Como medida transitoria en España, para todos los pilotos con una licencia obtenida antes del 5 de marzo del 2008 se les anotaba automáticamente la competencia lingüística en inglés de Nivel 4, aunque dada su caducidad esta medida termina el 5 de marzo del 2011.

Para la obtención de la competencia lingüística se han definido 6 niveles. Sin embargo el Nivel 4 es el mínimo para cumplir con los requisitos. El Nivel 4 (Operacional) tiene un periodo de eficacia de 3 años, el Nivel 5 (Avanzado) de 6 años, y el Nivel 6 (Experto) es permanente. Esto significa que salvo que se consiga el nivel 6 (básicamente para nativos y personas bilingües) para el 4 y el 5 hay que ir renovando periódicamente.

Esta competencia lingüística, no es únicamente la fraseología aeronáutica, sino que en las pruebas se exige un nivel suficiente para comunicarse en el idioma de forma eficaz en situaciones de trato oral (mediante teléfono o radioteléfono) o en contacto directo. Además de comunicarse con precisión y claridad sobre temas comunes, concretos y relacionados con el trabajo, en este caso la aviación.

Por eso los exámenes realizados en los centros evaluadores autorizados por AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), se evalúa del inglés en forma de conversación y esta no se refiere únicamente a las comunicaciones normalizadas durante el vuelo, sino, por ejemplo a una conversación con el personal de tierra para solucionar un problema mecánico en el avión. Los centros evaluadores autorizados realizan la prueba, pero la grabación del mismo se envía a otros centros autorizados fuera de España, que son los encargados de hacer la evaluación de la prueba y de dar el Nivel obtenido.

Además de esta evaluación se prevé la posibilidad de anotar el nivel 6 (Experto) para aquellos solicitantes de un certificado equivalente al nivel C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Estos son el Certificate of Proficiency in English (CPE) de la Universidad de Cambridge, una puntuación 110-120 en el Test of English as a Foreign Language (TOEFL), el Grade 12 del Trinity College (London), el Nivel 5 de la Association of Language Testers in Europe (ALTE), o la puntuación 7.0-8.0 en el IELTS.

Una vez se tiene el documento acreditativo, y si es satisfactorio, hay que acudir a la página web de AESA, rellenar un formulario, y junto con el resultado de nuestra prueba, mandarlo a AESA para que nos acrediten nuestro nivel de inglés. Actualmente esta anotación se realiza en un documento aparte, con el mismo tamaño de la licencia, pero no en la propia licencia.

Para los que españoles que soliciten la anotación del nivel de inglés en el formulario de AESA, deben marcar también el nivel de castellano (que para los nativos será en Nivel 6), y así cuando nos den el documento, tendremos anotados el nivel de inglés y el de castellano en la misma gestión.

Si por el momento no se solicita el nivel de competencia lingüística en inglés, para cumplir con la norma, si hay que solicitar el de castellano (aunque esto solo nos permitirá volar en España). Para ello hay que rellenar el mismo formulario, aunque sin tener que presentar ningún otro papel, ya que es suficiente con los datos personales que se incluyen ya que AESA comprueba que tenemos la nacionalidad española. Por supuesto para los nativos dan el nivel 6, que ya es definitivo.