Futuras licencias para pilotos de planeador

Futuras licencias para pilotos de planeador

Ofrecemos aquí un resumen de la problemática sobre las nuevas licencias de vuelo a vela, y las soluciones consensuadas con AESA para su puesta en funcionamiento tras las últimas reuniones con el organismo. Esta información la ha elaborado Jaime Julve, tesorero y coordinador para asuntos de Espacio Aéreo del Real Aero Club de España.

Ya años atrás, cuando tratábamos con la DGAC las cuestiones relativas a la entrada en vigor de la normativa europea sobre las Licencias de Piloto Privado (PPL) y sus escuelas (ATOs), se nos anunciaba que EASA (el organismo europeo) acabaría ocupándose del Vuelo a Vela, pero que la cosa no era inmediata, y así hemos seguido largo tiempo regidos por nuestra normativa nacional.

El 30 de noviembre de 2011, se publicó el Reglamento (UE) 1178/2011, que finalmente entraba en esta materia. España, como el resto de países europeos, no se apresuró a aplicarlo, tanto, en nuestro caso, por la natural parsimonia autóctona, como por la a todas luces excesiva regulación que implicaba. El próximo 8 de abril de 2015 termina, sin embargo, el último plazo sin haberse dado pasos al efecto por AESA, el actual ente nacional implicado, hasta hace un mes, y solo una medida que ha disparado las alarmas del sector del vuelo a vela: poner, desde antes ya del verano, la misma caducidad de 8 de Abril 2015 a las Licencias de Piloto de Planeador (TGLI) que se iban renovando, sin tener paralelamente noticias de cómo se iban a convertir a la norma europea éstas licencias ni tampoco las escuelas de vuelo de esta especialidad.

El problema de la sobre-regulación era tan universalmente sentido, que algunos países europeos, con Gran Bretaña a la cabeza, hicieron “lobby” ante EASA, para detener la aplicación del citado reglamento, con una moratoria hasta el 8 de Abril de 2018, y mientras tanto revisar profundamente su filosofía con un criterio de proporcionalidad entre regulación y riesgo de la actividad, comparativamente bajo en el vuelo a vela. Y este objetivo se consiguió hace poco, durante la «EASA Annual Safety Conference», celebrada en Roma los días 15 y 16 del pasado mes de octubre, en lo referente a las ATOs para el vuelo a vela, quedando a cargo de los países el iniciar ahora o no, el proceso de conversión de las Licencias.

En la última reunión entre AESA y el Real Aero Club de España del pasado 5 de noviembre se decide la creación de una mesa de trabajo con el Servicio de Licencias de Aviación General de AESA, que ha comenzado su andadura con una densa sesión el 24 de noviembre.

La primera decisión a tomar era si comenzar el proceso de conversiones de inmediato, para llegar al 8 de Abril 2015 con la tarea completada, o acogerse a la moratoria y aplazar todo a 2018, con el riesgo de encontrarnos entonces en la misma situación pero sin prórrogas posibles. El sector (clubes, empresas y organizaciones) había estudiado antes los riesgos y confiado a tres representantes decidir en función de los detalles del plan de AESA. Los requisitos de conversión, aprobados por EASA, son asumibles, y en cualquier caso insoslayables en el próximo futuro, pasando a ser el punto crucial la implantación en paralelo de las nuevas ATOs y sistema de examinadores que emitirán y renovarán las nuevas licencias europeas.

Nuestros representantes, y los clubes en general, contactados individualmente por AESA, han considerado aceptable el plan de AESA, que muestra una voluntad de atender los problemas que afrontará el sector, y de colaborar con el mismo, buscando la mejor solución. Se renuncia pues a acogerse a la moratoria, y los detalles de la “hoja de ruta” se irán fijando conjuntamente durante el proceso, cuyas líneas maestras resumimos:

Efectuar la conversión de las licencias y sus habilitaciones actuales (TMG e Instructor) del 8 de Enero al 8 de Abril de 2015 de acuerdo con los requisitos aprobados por EASA, que incluyen recibir un cursillo sobre la normativa europea FCL. Se considera el caso de las licencias caducadas.

Conversión en ese plazo de las escuelas de vuelo autorizadas por AESA en ATOs, con la pertinente estructura, manuales y atribuciones.

Aumentar con urgencia el número de examinadores/verificadores, de los que AESA tiene actualmente solo dos, recurriendo a instructores de los clubes.

Estudiar las condiciones para los alumnos actualmente en instrucción, y que no lleguen a obtener la Licencia Nacional de Planeador antes del 8 de abril.

Definir el examen teórico, colaborando con AESA en la elaboración de un banco de preguntas. Se prevé la convocatoria por zonas geográficas y en tres fechas al año.

– El servicio de Licencias de Aviación General de AESA ha conseguido que las conversiones de las licencias y habilitaciones para los pilotos que las tuvieran actualmente en vigor en la normativa nacional no conlleven tasas, ya que no les otorgan nuevas competencias. Nuevas anotaciones de habilitaciones (“Privileges”) en las Licencias europeas, tendrán las mismas tasas que tenían para las nacionales.

– Y por último se ha perfilado un modelo de certificación de los requisitos para las conversiones, a emitir por los jefes de vuelo de los clubes a favor de los pilotos, en las mismas líneas de simplicidad de otros países.