14 Nov APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DE MATRICULACIÓN: CAMBIOS PARA LAS MATRÍCULAS DE LA UE Y PARA LAS AERONAVES POR DEBAJO DE 120 KG
Ayer día 13 se publicó el Real Decreto 1029/25 por el que se aprueba el nuevo Reglamento de matriculación de aeronaves civiles, y por el que se modifica también el RD 765/2022 que regula el uso de los ULM.
El Consejo de Ministros, en su reunión del pasado martes, y a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba un nuevo Reglamento de matriculación de aeronaves civiles y que sustituye al actualmente vigente. Según el ministerio el objetivo es, en esencia, disponer de un Reglamento de Matriculación de Aeronaves Civiles actualizado y coherente con el de la Unión Europea.
MATRÍCULAS UE
Uno de los principales cambios se corresponde con una antigua reivindicación de las asociaciones de usuarios del sector, entre ellas el Real Aero Club de España, y que por fin permitirá que los operadores establecidos, residentes o con su centro de actividad principal en España (y que tienen a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea como su Autoridad Nacional de Supervisión), puedan mantener a las aeronaves bajo su responsabilidad con la matrícula de alguno de los Estados miembros de la UE o del entorno de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA). Así se elimina la obligación actual de tener que obtener una matrícula española para poder continuar con su actividad de manera permanente en España.
AERONAVES LIGERAS
El otro cambio sustancial, y solicitado desde hace tiempo, se refiere a la matriculación de las aeronaves ligeras (ya sean aviones, helicópteros y autogiros motorizados) con una masa máxima autorizada al despegue igual o inferior a 120 kg (sin contar al piloto y el paracaídas). La nueva norma simplifica los procedimientos de registro y certificación en España de estas aeronaves, en línea con la flexibilización producida en países de nuestro entorno. De esta forma se elimina la necesidad de inscribirse en el Registro de Matrículas, y tampoco necesitarán un certificado de aeronavegabilidad.
Esta nueva regulación agilizará también los procedimientos de acreditación de la propiedad incluyendo un régimen declarativo en los casos de aeronaves para uso privado, deportivo o de recreo.